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Resumen

En el marco del Protocolo de Kioto y teniendo en cuenta que más del 40% del consumo final de energía en la Unión Europea está ligado al sector residencial y terciario, se aprobó en el año 2002 la Directiva 2002/91/CE. La norma parte de que el sector tiene potencial para el ahorro y la eficiencia energética y por lo tanto para la disminución del CO2 emitido a la atmósfera.

En España, el Código de la Edificación incluye el Documento Básico de Habitabilidad y Energía que hace referencia al ahorro energético de la edificación pero es el RD 24/2007 el que introduce la Certificación Energética en su transposición de la Directiva. La certificación pretende ser un indicador de calidad que informe al usuario de la eficiencia energética del edificio mediante el sistema alfabético tal y como se viene haciendo con los electrodomésticos. Todo esto ha abierto un nuevo e incierto escenario para los distintos actores implicados: proyectistas, ejecutores y usuarios.

Esta iniciativa ofrece oportunidades desde el punto de vista cuantitativo al crearse una herramienta de medida con credibilidad sobre sus resultados y estableciendo baremos comunes. De esta forma, además, se implica al consumidor en el proceso, al ofrecerle mucha más información a la hora de adquirir un inmueble u otro. Además es una buena ocasión para la innovación en la edificación y para la mejora del diseño arquitectónico ya que obliga al sector a reciclar sus conocimientos, evitando que la práctica proyectual y constructiva adquiera una inercia completamente repetitiva, como se viene haciendo hasta ahora.

Sin embargo tal y como pusieron de manifiesto los miembros del grupo de trabajo, aún quedan muchos flecos sueltos y las carencias de los procesos de certificación y de implantación son evidentes. Una de ellas es la unilateralidad del procedimiento al tomar como patrón de medida fundamental las emisiones de CO2 y dejar a un lado otras variables necesarias para garantizar la habitabilidad de un edificio.

El Real Decreto establece actualmente dos procedimientos para realizar la calificación. El primero, la opción general, se desarrolla mediante el programa oficial CALENER pero resulta demasiado complejo para los usuarios que consideran escasa la información al respecto y poco compatible con los programas de diseño comúnmente utilizados. El segundo, la única opción simplificada existente hasta el momento, es de fácil manejo pero limita mucho más las opciones de los diseñadores y no redunda en una buena calificación. Por eso el sector está a la espera de nuevos procedimientos simplificados que permitan obtener mejores calificaciones.

Los proyectistas son los primeros responsables de la certificación y por eso demandan a las administraciones autonómicas que las trasposiciones del Real Decreto, que ya van con retraso, contengan protocolos de control claramente definidos y que den el peso que se merece a la revisión durante la puesta en obra y durante la vida útil del edificio. Asimismo son necesarios nuevos procedimientos que faciliten la incorporación de estrategias pasivas en el procedimiento de la certificación.

Para poner en marcha esta iniciativa de una forma realista y eficaz es necesario abrir canales de comunicación entre las administraciones implicadas (Ministerios, IDAE y las Comunidades Autónomas) y los profesionales implicados de tal forma que se haga una crítica contrastada de las herramientas y se propongan soluciones a sus carencias.



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