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Resumen

La primera parte de la jornada se centró en el funcionamiento del acceso a la información ambiental en colaboración con las distintas Administraciones Ambientales en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, facilitando el cumplimiento y aplicación de la legislación para dar acceso al público a estos temas y fomentando la participación (Convenio de Aarhus, Directivas y Legislación Española).

De esta forma, los Registros de la Propiedad se convierten además en Oficinas Registrales de Información Ambiental y Territorial, cuya función principal es dar un amplio acceso a la información ambiental e integrar los aspectos ambientales, los datos y las obligaciones de carácter ambiental en lo que afecta específicamente a cada finca. La información facilitada hace referencia, entre otros, a los siguientes aspectos en relación a una finca determinada: si está en un espacio natural protegido, si está en un área con riesgo de inundación, si una determinada finca está en un área calificada como monte quemado, en aplicación de la Ley de Montes; si una parte de su suelo tiene la declaración Administrativa de suelo contaminado.

Por otro lado, informa de:
- La existencia de certificaciones forestales.
- Las limitaciones de recalificación de áreas incendiadas en aplicación de la Ley de Montes.
- Los aspectos de demarcación de costas y ríos.
- Las servidumbres de conservación y recarga de acuíferos en función de la Ley Marco de Aguas, las evaluaciones de impactos ambientales.
- La ubicación de las instalaciones industriales en el territorio para la aplicación de la Ley de Prevención y de Control Integral de la Contaminación y de la Ley de Responsabilidad Ambiental.
- La zonificación del ruido y mapas de ruido elaborados por los Ayuntamientos en base a la Ley del Ruido, que traspone la Directiva de la UE sobre el mismo tema, etc.

A continuación se presentó el proyecto premiado por la Expo del Agua de Zaragoza 2008, MERTRA, Mercados Ecológicos de Recursos Naturales y Transacciones Ambientales, su aplicación en los mercados secundarios de aguas y de todos los otros recursos naturales en general, destacando que los aspectos de economía institucional y de seguridad jurídica de las técnicas registrales son perfectamente adecuadas para el funcionamiento y regulación de los mercados territoriales de recursos naturales, como son los casos de los mercados de aguas, de recursos agrícolas y forestales, de mercados secundarios de emisiones, de aprovechamientos urbanísticos, etc.



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